CIRCULAR VIVIENDA 17/2026 - UE - PROPUESTA DE LEY DE VIVIENDA ASEQUIBLE

La Comisión Europea (CE) presentó ayer, 9 de septiembre, una propuesta de Ley de Vivienda Asequible cuya finalidad es proporcionar a las administraciones locales un respaldo legal en materia de vivienda para la implementación de medidas restrictivas en ámbitos tensionados. La propuesta será ahora examinada más a fondo por el Parlamento y el Consejo, con el fin de revisar y adoptar las normas pertinentes.

 

Reproducimos la nota de prensa publicada en la página web de la CE al respecto, al final de ella encontrará enlaces a diversos documento de interés. Tras la nota de prensa recogemos diversas reacciones producidas en España.

 

“La Comisión ha propuesto hoy la Ley de Vivienda Asequible  para ayudar a los Estados miembros y a las ciudades a abordar la asequibilidad y la disponibilidad de la vivienda en las zonas que se enfrentan a las mayores presiones. La falta de vivienda asequible se ha convertido en una de las preocupaciones más urgentes para los europeos. Según el último Eurobarómetro, más del 50 % de los habitantes de las ciudades consideran que la vivienda es un problema inmediato y urgente en el lugar donde viven. La propuesta de hoy contribuye a abordar estas preocupaciones. La crisis de la vivienda también debilita nuestra competitividad, al limitar la movilidad laboral y educativa. Por lo tanto, es esencial abordarlo.

 

En algunas ciudades y destinos turísticos populares, donde la presión sobre la vivienda es más fuerte, el creciente uso de la vivienda para fines distintos de la residencia principal puede agravar la disponibilidad local y la asequibilidad. La Ley de Vivienda Asequible responde a estas preocupaciones altamente localizadas. Proporciona a las autoridades públicas la seguridad jurídica cuando deciden actuar, sobre la base de las especificidades locales, en el marco del Derecho de la UE.

 

Algunos Estados miembros ya han adoptado medidas para aliviar estas presiones, pero se han enfrentado a retos jurídicos sobre la compatibilidad con el Derecho de la UE. La Ley de Vivienda Asequible aporta claridad y previsibilidad, y responde a la petición de los Estados miembros y los municipios de una mayor seguridad jurídica sobre cómo pueden actuar en el contexto del mercado único de la UE.

 

Ursula Von Der Leyen, presidenta de la Comisión, ha declarado: «Hace un año, prometí abordar la asequibilidad de la vivienda en Europa. Hoy estamos dando un paso en esta dirección. Proporcionando más claridad y apoyo a las autoridades y comunidades locales, ancladas en las realidades locales. La falta de vivienda asequible es motivo de preocupación para muchos de nuestros ciudadanos europeos. Los trabajadores y estudiantes esenciales no pueden permitirse vivir donde sirven y estudian. Pero lo más importante es que se trata de justicia. Hoy estamos dando resultados para todos los europeos».

 

Seguridad jurídica para las autoridades que protegen la asequibilidad y disponibilidad de la vivienda

 

La Ley de Vivienda Asequible establece el primer marco europeo común para evaluar las medidas relacionadas con la vivienda que afectan al mercado único. Deja la decisión sobre si actuar o no y qué medidas adoptar a las autoridades competentes. Las opciones de política de vivienda siguen siendo nacionales, regionales y locales.

 

La Ley tiene por objeto aportar claridad jurídica a las autoridades, cuando decidan tomar medidas, en ámbitos sometidos a tensiones en materia de vivienda, salvaguardando al mismo tiempo el mercado único y respetando plenamente el principio de subsidiariedad.

 

Las nuevas normas están diseñadas para ayudar a las autoridades competentes a identificar «zonas sometidas a estrés habitacional» utilizando una metodología común. Cuando las autoridades decidan restringir el uso de la vivienda, por ejemplo para alquileres de corta duración o viviendas vacantes, deben demostrar que ello contribuye a las presiones locales en materia de vivienda y garantizar que cualquier medida sea específica, necesaria y proporcionada.

 

Por lo que se refiere a los alquileres de corta duración, cualquier medida debe dirigirse a actividades que reduzcan el parque de viviendas disponibles para su uso a largo plazo, especialmente cuando su escala, frecuencia o carácter comercial agraven la presión sobre la vivienda. Antes de introducir restricciones, las autoridades también deben demostrar que la actividad de alquiler a corto plazo ha tenido un efecto adverso significativo en la asequibilidad o disponibilidad de la vivienda durante al menos tres años, y que las medidas menos restrictivas no serían igualmente eficaces. Deben aplicar y hacer cumplir el Reglamento de la UE sobre alquileres de corta duración, incluidos sus requisitos de registro y la eliminación o inhabilitación de los anuncios que no los cumplan, y, cuando estén disponibles, utilizar los datos recogidos en virtud de dicho Reglamento para apoyar su evaluación.

 

Los alquileres a corto plazo no son la única forma de uso no primario de la vivienda que puede agravar las presiones de la vivienda. Las autoridades también están adoptando medidas que afectan a la adquisición o el uso de bienes inmuebles residenciales, por ejemplo, para hacer frente a las segundas residencias o a las vacantes prolongadas. La Ley de Vivienda Asequible también proporciona un marco más claro para dicha acción. La Ley protege la seguridad jurídica y la confianza legítima: las condiciones vinculadas a la adquisición no pueden aplicarse con carácter retroactivo, deben establecerse disposiciones transitorias adecuadas y las medidas relativas a las vacantes a largo plazo deben tener en cuenta los períodos justificados de no ocupación.

 

Para los residentes en zonas bajo presión, el objetivo es que las medidas adoptadas a nivel local estén mejor orientadas, mejor respaldadas por pruebas y revisadas a lo largo del tiempo, y que vayan acompañadas de medidas para aumentar la oferta de vivienda. Los inversores y propietarios que operan en varios mercados locales se beneficiarán de una mayor claridad sobre el marco jurídico de la UE.

 

La propuesta va acompañada de una Recomendación sobre la asequibilidad y la oferta de vivienda en zonas sometidas a estrés habitacional. Apoya a las autoridades en sus esfuerzos por aumentar la oferta de viviendas en las zonas que más lo necesitan, en particular a través de una planificación más rápida y la concesión de permisos para la renovación de nuevas construcciones y la readaptación de edificios y la facilitación de la inversión. También se anima a las autoridades a concentrar estos esfuerzos para aumentar la oferta de vivienda a través de planes de aceleración de la vivienda. Juntos, la propuesta legislativa y la Recomendación ayudan a las autoridades a preservar la asequibilidad y la disponibilidad de la vivienda, al tiempo que aceleran el suministro adicional de vivienda que necesita la UE. La Ley es un componente del Plan Europeo de Vivienda Asequible, junto con las nuevas normas sobre ayudas estatales para viviendas asequibles  y la Estrategia Europea para la Construcción de Viviendas.

 

Próximos pasos

 

La propuesta legislativa pasará ahora al Parlamento Europeo y al Consejo con arreglo al procedimiento legislativo ordinario. Paralelamente, la Comisión seguirá colaborando estrechamente con los Estados miembros y todas las partes interesadas pertinentes para aplicar el Plan Europeo de Vivienda Asequible

 

Antecedentes

 

La Ley de Vivienda Asequible cumple el discurso sobre el Estado de la Unión de la Presidenta Vor Der Leyen de septiembre de 2025, en el que anunció que la Comisión habría abordado la asequibilidad de la vivienda con una iniciativa jurídica. Se trata de una iniciativa emblemática en el marco del Plan Europeo de Vivienda Asequible y complementa la acción de la UE para movilizar la inversión pública y privada en viviendas sociales y asequibles y reducir el tiempo y el coste de la construcción y renovación de viviendas. También complementa las normas vigentes la UE sobre alquileres de corta duración aplicables desde mayo de 2026, cuyo objetivo es mejorar la transparencia y el acceso a los datos, mientras que la Ley de Vivienda Asequible establece el marco para evaluar y justificar las medidas relacionadas con la vivienda.

 

Para más información

 

Preguntas & Respuestas sobre la Ley de Vivienda Asequible - ENLACE

Ficha informativa - ENLACE

Propuesta de Reglamento por el que se establece un marco de medidas en los Estados miembros para salvaguardar la asequibilidad y la disponibilidad de la vivienda ENLACE

Recomendación de la Comisión sobre la asequibilidad y la oferta de vivienda en zonas sometidas a tensiones en materia de vivienda - ENLACE

Hacer que la vivienda sea asequible - Vivienda - Comisión Europea - ENLACE

Plan Europeo de Vivienda Asequible -  ENLACE

 

REACCIONES EN ESPAÑA

 

Confederación Nacional de la Construcción: Pedro Fernández Alén, presidente de la CNC valora positivamente que la vivienda se haya situado también en el centro de la agenda política europea, "porque evidencia que el acceso a una vivienda asequible es un desafío que trasciende nuestras fronteras". Sin embargo, apunta que se trata de un problema "complejo" y "multifactorial", por lo que se "requiere respuestas igualmente transversales", tanto para la seguridad jurídica y la agilización administrativa hasta la financiación, el suelo. De hecho, la Comisión Europea reconoce que las causas estructurales de la escasez de vivienda, por lo que las restricciones de demanda no resuelven la insuficiencia de oferta. "Toda restricción debe concebirse como medida de último recurso y acompañarse de medidas de incremento de la oferta, en particular de vivienda asequible y social", reza el documento. A pesar de esto, no se refiere a medidas concretas para impulsar la oferta.

 

Asociación de Promotores Constructores de España (APCEspaña): La aprobación de este documento supone establecer "un marco vinculante de la UE que estaría respaldando la adopción de medidas penalizadoras por parte de los Estados miembro y las administraciones regionales y locales", señala Xavier Vilajoana, presidente de APCEspaña. Unas medidas que en España, y especialmente en Cataluña, ha quedado demostrado que no solo no solucionan la falta de oferta de vivienda, si no que tensan todavía más la situación actual".

 

Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. Nota de prensa publicada hoy en la página web del MIVAU.

 

“La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, ha destacado este miércoles el pleno alineamiento del paquete normativo sobre vivienda adoptado hoy por la Comisión Europea con las políticas adoptadas por el Gobierno de España en los últimos años. “Se trata de dos normas -un reglamento y una recomendación- que van en la dirección de las políticas que ha ido adoptando el Gobierno de España y el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana”, ha dicho la ministra en un encuentro con los periodistas, en la sede de CASA 47.

La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, ha destacado este miércoles el pleno alineamiento del paquete normativo sobre vivienda adoptado hoy por la Comisión Europea con las políticas adoptadas por el Gobierno de España en los últimos años. “Se trata de dos normas -un reglamento y una recomendación- que van en la dirección de las políticas que ha ido adoptando el Gobierno de España y el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana”, ha dicho la ministra en un encuentro con los periodistas, en la sede de CASA 47.

 

Según la propuesta de la Comisión Europea, en las zonas bajo estrés residencial, las administraciones competentes podrán poner límites a los alquileres turísticos si demuestran que estos han contribuido a encarecer el acceso a la vivienda. En este punto, la titular de Vivienda ha subrayado que el objetivo del Ministerio ha sido y es “abordar el fenómeno de los pisos turísticos que están deteriorando la convivencia en las ciudades y que están impidiendo el acceso a la vivienda de las familias y los jóvenes que la necesitan”.

 

En su propuesta de reglamento, además, la Comisión plantea priorizar el uso como primera residencia de las viviendas y de los suelos disponibles en las zonas tensionadas. La ministra Isabel Rodríguez ha destacado que, también en este punto, existe una clara conexión con el Gobierno español: “Este fue un asunto que el Presidente del Gobierno llevó al Consejo Europeo con la prioridad de preservar el carácter residencial de las viviendas frente a la especulación”.

 

En su ‘Recomendación sobre vivienda asequible y accesible en zonas bajo estrés residencial’, la Comisión Europea aboga por adoptar planes de aceleración de vivienda en las zonas tensionadas (para acelerar la oferta) y por impulsar la edificación industrializada. En España, la Ley de Vivienda plantea la obligación de aprobar planes específicos para revertir la situación de estrés en los precios de la vivienda en las zonas tensionadas. Además, el PERTE de la industrialización de la vivienda busca construir más rápido y mejor, con mayores criterios de sostenibilidad y eficiencia para que España disponga cuanto antes de un parque público de vivienda más amplio.

 

“Creo que lo que queda claro con estas normas europeas y con la presentación que ha hecho la Comisión es que no cabe otra que actuar. Y se está haciendo un llamamiento a actuar a todos los Estados miembros y a todas las administraciones públicas de la Unión Europea para dar una respuesta al problema del acceso a la vivienda. Y ese ‘actuar’ es donde se encuentra la acción del Ministerio”, ha concluido Isabel Rodríguez.”

 

CIRCULAR GENERAL 23/2026 - DIGITALIZACIÓN DEL DOCUMENTO DE CONTROL DE TRANSPORTE (DCDT / DeCA)

Le informamos de un cambio normativo que puede afectar a su actividad en relación con el transporte de mercancías (materiales de obra, maquinaria, suministros, etc.).

 

Obligatoriedad a partir del 5 de octubre de 2026

 

A partir de esa fecha, el Documento de Control del Transporte (DCDT / DeCA) deberá gestionarse exclusivamente en formato digital, dejando de ser válido el formato en papel.

 

Esta obligación aplica únicamente a quienes realizan transporte público de mercancías por carretera en España.

 

¿Qué se considera transporte público?

 

Se considera transporte público cuando:

 

  • Se transportan mercancías para terceros
  • Existe una contraprestación económica (se cobra por el transporte)
  • El transportista dispone de autorización de transporte (tarjeta de transporte)

 

Ejemplos habituales en construcción:

 

  • Una empresa transportista lleva material a obra para otra empresa
  • Una subcontrata incluye el transporte como parte de su servicio facturado

 

¿Qué NO se considera transporte público?

 

No es transporte público (y por tanto no le afecta esta obligación) cuando:

 

  • La empresa transporta sus propios materiales o maquinaria
  • No se cobra de forma independiente por el transporte
  • El transporte es un medio auxiliar de la actividad principal (obra, instalación, etc.)

 

Ejemplo:

 

  • Empresa constructora que lleva su propio material a obra con sus vehículos

 

¿Qué implica en la práctica?

 

Para los casos en que sí aplique:

 

  • El documento deberá generarse en formato digital (PDF con código QR u otro sistema válido)
  • Deberá estar accesible durante el transporte (normalmente en el móvil del conductor)
  • Tendrá que poder mostrarse de forma inmediata ante una inspección

 

Importante

 

  • La obligación es legal para transporte público de mercancías
  • No disponer del documento correctamente puede dar lugar a sanciones

 

Se recomienda revisar cada caso concreto y, en caso de realizar transporte para terceros, anticipar la adaptación de los procesos antes de la fecha indicada.

 

Su obligatoriedad viene de la Ley 9/2025 de movilidad sostenible que introduce dicha obligación.

 

 

NUEVOS CURSOS EN HUESCA: NIVEL BÁSICO DE PREVENCIÓN EN CONSTRUCCIÓN (60 horas) y PRL PARA TRABAJOS DE ALBAÑILERIA (20 horas)

CURSO NIVEL BÁSICO DE PREVENCIÓN EN CONSTRUCCIÓN- RECURSO PREVENTIVO EN HUESCA / FEBRERO

 

La Federación de la Construcción de Huesca organiza en colaboración con F.L.C.: CURSO NIVEL BÁSICO DE PREVENCIÓN EN CONSTRUCCIÓN – RECURSO PREVENTIVO en Huesca.

 

Este curso habilita a desarrollar funciones de Recurso Preventivo según la Ley 31/1995, así como la supervisión del montaje y desmontaje de andamios normalizados (R.D. 2177/2005). 

 

Homologa las 14 horas troncales de los cursos de 2º Ciclo de Oficios del Convenio, así como la siguiente formación completa:

 

  • PRL para administrativos de empresas de construcción
  • PRL para responsables de obra y técnicos de ejecución
  • PRL para mandos intermedios en empresas de construcción

 

DURACIÓN: Del 9 de FEBRERO al 9 de MARZO. Son 60 horas de las cuales 20 horas serán presenciales y 40 horas de teleformación a través de una plataforma de internet de la FLC.

 

FECHAS DE LAS CLASES PRESENCIALES: LOS DÍAS 9, 16 Y 23 DE FEBRERO Y 2 DE MARZO

 

HORARIO: DE 15:00 HORAS A 20:00 HORAS – En las instalaciones de la Fundación Laboral en Huesca, C/ Siderurgia nº 19.

 

 

CURSO PRL PARA TRABAJOS DE ALBAÑILERIA  / HUESCA / FEBRERO 2026

 

La Federación de la Construcción de Huesca, organiza en colaboración con la F.L.C.,  nuevo curso de Prevención de Riesgos Laborales de 20 horas en Huesca, con la posibilidad de realizar el curso completo o si ya posee algún otro curso de 20 horas, hacer sólo las 6 últimas horas específicas.

 

Se realizarán en Huesca, en la nave de la Fundación Laboral de la Construcción, Calle Siderurgia nº 19 - Nave 5 B (Polígono Sepes) los días:

 

PRL PARA TRABAJOS DE ALBAÑILERIA (20 horas)


DIAS:

 

10 de FEBRERO de 15:00 a 22:00 horas (martes)

11 de FEBRERO de 15:00 a 22:00 horas (miércoles)

12 de FEBRERO de 15:00 a 21:00 horas (jueves)

 

PRL PARA TRABAJOS DE ALBAÑILERIA, PARTE ESPECÍFICA (6 horas)


DIA: 12 de FEBRERO de 15:00 horas a 21:00 horas (jueves)

 

Para más información e inscripciones dirigirse a la Federación de la Construcción.
Teléfono: 974 226862 - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

CIRCULAR Nº 07/2026 LICITACIONES DE OBRAS

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN

TIPO ANUNCIO

OBJETO CONTRATO

ENLACE ANUNCIO

(Presentación electrónica)

HUESCA

AYUNTAMIENTO DE SENA

Licitación

Instalación de elevador en el Ayuntamiento de Sena

ENLACE

ZARAGOZA

AYUNTAMIENTO DE TORRELLAS

Licitación

Pavimentación y acondicionamiento aceras Calle San Isidro

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AYUNTAMIENTO DE CALATAYUD

Licitación

Obras de rehabilitación del Conjunto Fortificado Islámico del Castillo de Calatayud

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AYUNTAMIENTO DE CALATAYUD

Licitación

Obras de renovación de aceras e infraestructuras en Carretera de Valencia (lado pares) entre C/ Río Jiloca y C/ Río Ribota

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AYUNTAMIENTO DE TORRELLAS

Licitación

Pavimentación y acondicionamiento C/ Pontón Torrellas

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AYUNTAMIENTO DE RICLA

Licitación

Pacificación de vías y renovación de instalaciones en Calle Llanos de Antón, Las Navas y Plaza Taberna Vieja en Ricla

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ADIF ALTA VELOCIDAD

Licitación

Obras de ejecución de los proyectos de instalación de mallas de refuerzo antilagomorfos en cerramiento perimetral y conos de estribos de pasos superiores en los pp.kk. 250+600 al 275+950 y los pp.kk. 275+950 al 295+094 de la LAV Madrid – Zaragoza- Barcelona – Frontera francesa

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AYUNTAMIENTO DE LONGARES

Licitación

Reforma del edificio de servicios del complejo deportivo municipal de Longares

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AYUNTAMIENTO DE CHODES

Licitación

Mejora de Camino del Prado en Chodes

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AYUNTAMIENTO DE JARQUE

Licitación

Pavimentación y renovación de redes en Calle Huerta

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AYUNTAMIENTO DE JARQUE

Licitación

La pavimentación de la Calle Mayor y la renovación de redes de abastecimiento y saneamiento, incluyendo calzadas y aceras, sustituyendo instalaciones

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AYUNTAMIENTO DE BUJARALOZ

Licitación

Obas de rehabilitación de 6 viviendas del antiguo Cuartel de la Guardia Civil de Bujaraloz

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AYUNTAMIENTO DE SAMPER DE SALZ

Licitación

Conexión piscinas con carretera CHE0701

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AYUNTAMIENTO DE CHIPRANA

Licitación

Construcción de sala de duelo

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AYUNTAMIENTO DE CODO

Licitación

Rehabilitación cubierta del Ayuntamiento

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AYUNTAMIENTO DE LA MAELLA

Licitación

Renovación de redes y urbanización terreno en Ada. de Caspe y Cale Planas

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AYUNTAMIENTO DE LA MAELLA

Licitación

Asfaltado de las vías públicas Calle General Pardiñas y Carretera de Caspe (tramo)

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TRAGSA

Licitación

Obra de ejecución de pavimentos de nanosilicatos, para el proyecto de modernización y ampliación de la base Brif de Daroca

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AYUNTAMIENTO DE CALATORAO

Licitación

Rehabilitación y consolidación del zócalo de la fachada oeste y la sala este del Castillo de los Priores de Calatorao, declarado edificio BIC

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 TERUEL

AYUNTAMIENTO DE CAÑADA VELLIDA

Licitación

Fase II y Fanal Edificio Multiservicios, Bar, Tienda, cuatro viviendas Municipales y Garaje, ejecución material

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GOBIERNO DE ARAGÓN

Licitación

Rehabilitación 10 viviendas en el Parque maquinaria Teruel

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INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES

Licitación

Suministro e instalación sistema paciente-enfermera

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SERVICIO ARAGONÉS DE SALUD

Licitación

Obras Aulario para la impartición del Grado de Medicina NHTE

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CIRCULAR GENERAL 23/2025 - IDAE. PROGRAMA DE AYUDAS MOVES III. AYUDAS PARA ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS E INSTALACIÓN DE PUNTOS DE RECARGA

La Confederación Nacional de la Construcción (CNC) nos informa que el Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE), ha creado el programa MOVES III de apoyo a la adquisición de vehículos eléctricos e instalación de puntos de recarga.

 

Podrán ser beneficiarios de las ayudas los autónomos y personas jurídicas y físicas que reúnan los requisitos de las convocatorias pero sus fondos han sido transferidos a las CCAA, siendo éstas las responsables de lanzar las convocatorias. El programa ha recibido una ampliación de presupuesto en 2025. Aragón tiene todavía convocatoria abierta por valor de 11.206.408,31 €.

 

En el siguiente enlace puede acceder a toda la información:

 

https://www.idae.es/ayudas-y-financiacion/para-movilidad-y-vehiculos/moves-iii-2025/convocatorias-de-las-comunidades-autonomas

 

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